El Gobierno de Córdoba anunció este miércoles que en el interior provincial se habilitó la práctica recreativa de tenis, pádel, ciclismo, golf y caminata deportiva (no es running). Las medidas regirán desde el próximo sábado 30 de mayo.
Los anuncios fueron realizados por el coordinador del COE, Juan Ledesma, y el titular de la Agencia Córdoba Deportes, Héctor Campana.
Así, la actividad permitida en las disciplinas mencionadas podrá hacerse de lunes a domingo en horario de 7 a 13, incluyendo feriados. Al igual que en las caminatas recreativas, se podrán hacer según la terminación del DNI: días pares quienes tengan terminación de número par, y días impares quienes tengan terminación en número impar. Sobre la caminata deportiva, desde el COE aclararon que no es running sino «marcha y trote».
Desde el Gobierno provincial confirmaron que esta última medida abarca a todo el interior provincial, incluyendo a ciudades como San Francisco, Villa María y Río Cuarto.
La práctica deportiva deberá ser individual, evitando actividades grupales, aclararon desde el Gobierno. Como normas generales, se prohíben las aglomeraciones de personas, antes, durante o después de la actividad; se deberá evitar compartir todo tipo de elementos deportivos, al igual que recipientes de agua y toda otra bebida o alimento. También se deberá evitar el diálogo entre las personas y al frenar o detenerse habrá que mantener una distancia mínima de tres metros.
Para deportes no se permiten los traslados de una ciudad a otra, sino que deberá hacerse en cercanías.
Serán los municipios y los COE regionales quienes autoricen a los clubes que soliciten la apertura y los encargados de .
Estos cambios no se aplican aún en la ciudad de Córdoba y el Gran Córdoba, pero Campana aseguró que se estaban evaluando medidas que podrían anunciarse en breve.
Todo el protocolo para actividades deportivas puede consultarse en este enlace.
Ciclismo
«Para la circulación a baja velocidad se deberá mantener una distancia mínima de 10 metros y para mayor velocidad, 20 metros entre cada ciclista. Al frenar, se deberá mantener una distancia mínima de 3 metros entre ciclista y ciclista», se explicó.
Caminatas deportivas
Son aquellas que tiene como finalidad el acondicionamiento físico o deportivo. «Es preciso destacar que no se podrá correr debido al proceso de aerosolización que se genera en la carrera. Se deberá mantener una distancia lateral como mínimo, de dos metros, y longitudinal, de cuatro metros entre persona y persona», detallaron desde la Provincia.
Deportes: ¿qué condiciones de seguridad se exigen?
El Centro de Operaciones de Emergencia reglamentó la práctica con un protocolo, en el cual se detallan las siguientes condiciones:
a. En todos los casos se privilegian los deportes individuales, es decir aquellos en que participa una persona con su propio equipamiento.
b. Cuando una persona participa en un deporte en el que se comparten espacios, se guarda la restricción del distanciamiento físico.
c. En todos los casos el deportista sale de su casa vestido con su ropa deportiva y su equipamiento debidamente higienizado.
d. Llevar sus propios elementos de protección (barbijo, alcohol en gel, toalla, guantes, etc.).
e. Se traslada individualmente en su propio medio de transporte (auto, moto, bicicleta).
f. Al terminar su actividad deportiva (sin cambiarse ni bañarse en la institución) regresa a su casa sin detenerse en reuniones grupales.
g. Las instalaciones no deportivas (vestuarios, confiterías, club house, etc.) no están habilitadas para funcionar.
h. En prácticas institucionales regladas, es obligatorio tener previamente otorgado un turno para la práctica. Debe presentarse a cumplir ese turno no antes de 15 minutos previos.
i. Donde se cobre por la práctica se privilegiará el pago electrónico, que es preferible que sea previo.
j. Como estas prácticas son “no competitivas” no se permite la participación simultánea de árbitros, jueces u otro tipo de control.
k. En su casa procede al lavado de la ropa deportiva y la higienización del equipamiento utilizado.
l. En ninguna circunstancia se comparte el equipo deportivo o el artículo con el que se juega (pelota de cualquier tipo).
m. Cuando en virtud de la regla del juego, haya que compartir un espacio específico (por ejemplo, el tee de salida en golf) los que no juegan mantienen el distanciamiento.
n. Cuando la práctica requiere un ámbito especial (cancha) en una institución pública o privada, están habilitados para jugar los socios residentes en esa ciudad o en las vecinas donde no se pueda realizar esa práctica.
Info: El Periódico
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